Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Textos legales
RESUMEN:
»adecuación terminológica de las disposiciones de la Generalitat de ámbito reglamentario que aún recogen, fundamentalmente las que se refieren a la valoración del grado de discapacidad, aunque sea con carácter residual, el término «minusvalía», «minusválido» o «persona con minusvalía». La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, regula la adecuación terminológica respecto de los vocablos «minusválidos» y «personas con minusvalía»
Contenido proporcionado por LEX NOVA a través de su Fundación.
Para acceder a la fuente original y navegar por el documento, pincha aquí.