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Los beneficios de los Patrimonios Protegidos

  • PALABRAS CLAVE: Patrimonio protegido, Familia, Recomendaciones
  • Autor: Down España
  • Fecha de publicación: 07/12/2011
  • Clase de documento: Noticias
  • Formato: Texto

Referencia bibliográfica

  • > Editor: Down España
  • > Nº de páginas: 2

RESUMEN:

DOWN ESPAÑA anima a los familiares de personas con discapacidad a que los constituyan antes de finalizar el año, ya que se obtienen muchas ventajas, tanto particulares como fiscales

Noticia

 

Los beneficios de los Patrimonios Protegidos

 

DOWN ESPAÑA anima a los familiares de personas con discapacidad a que los constituyan antes de finalizar el año, ya que se obtienen muchas ventajas, tanto particulares como fiscales.

 

 

¿Qué es un Patrimonio Protegido?

 

Es un instrumento existente en España mediante el cual se crea un capital a favor de una persona con discapacidad para su gestión en la cobertura de sus necesidades vitales. Se trata por lo tanto de una forma de que la persona con discapacidad pueda disponer de fondos suficientes para cubrir los gastos que genera su vida diaria.

 

Con los Patrimonios Protegidos se consigue, además, enseñarles a administrar sus propios bienes y fomentar su autonomía para que tengan la posibilidad de tomar sus propias decisiones en el ámbito económico, un paso necesario para conseguir una plena integración en la sociedad.

 

 

 

¿Quiénes pueden constituirlos?

 

Familiares (hasta tercer grado de consanguinidad), o cualquier persona con interés legítimo, que aporten ante notario bienes y derechos, constituyendo así un patrimonio económico a favor de la persona con discapacidad intelectual  

 

 

Ventajas de constituir Patrimonios Protegidos

 

Con motivo de la reciente sesión de formación sobre la creación de Patrimonios Protegidos que tuvo lugar en Valladolid el pasado 30 de Noviembre dentro de la Escuela de Familias Fundación MAPFRE-DOWN ESPAÑA (la sesión contó con la asistencia del delegado de MAPFRE en Valladolid y de Manuel Velázquez-presidente de DOWN VALLADOLID), el experto fiscal y ponente Francisco J. González Ruiz quiere animar a los familiares de las personas con síndrome de Down a que constituyan Patrimonios Protegidos, según sus propias palabras por dos motivos fundamentales:

 

 

·      En primer lugar porque sirven como instrumento que permite favorecer la independencia de la persona con sindrome de Down al darle la oportunidad de gestionar un patrimonio controlado y constituido para tal fin. Se comprueba así si realmente son capaces de administrar sus propios recursos, gracias a unas cantidades controladas.

 

·      Y en segundo lugar porque las aportaciones a Patrimonios Protegidos tienen ventajas fiscales que pueden servir para conseguir reducciones de impuestos por los pagos de las necesidades vitales de la persona con discapacidad. Esto quiere decir que los costes vitales que se asumen por la persona conllevan una reducción de impuestos. Según González Ruiz,  se trata de “una ayuda del estado para el abono de estos gastos vitales que no debe quedarse en el olvido, debe utilizarse”.

 

 

 

Recomendaciones y consejos

 

Si se quieren aprovechar las ventajas fiscales, debe constituirse el patrimonio y realizar aportaciones al mismo antes de final de año, ya que de lo contrario los beneficios fiscales pasarían al ejercicio en el que se realicen las aportaciones, con lo que se estaría dejando pasar un año de reducción de impuestos.

 

Francisco J. González Ruiz ofrece los siguientes consejos a las familias que quieran constituir Patrimonios Protegidos:

 

1- Plantearse de forma clara la constitución de un patrimonio protegido, analizando su impuesto de la renta, los ingresos del familiar con discapacidad, y las reducciones que obtienen. Así se puede realizar una simulación del ahorro fiscal que se obtendría con la constitución del Patrimonio Protegido y decidir finalmente sobre su idoneidad. Será beneficiosa en más de un 80% de los casos.

 

2- Una vez decidida la realización del Patrimonio Protegido, es importante que tengan claro unas premisas básicas:

 

·      No aportar inmuebles en ningún caso.

·      Que el administrador del Patrimonio sea la propia persona con discapacidad, si se puede.

·      Buscar a otras personas cercanas en las mismas circunstancias para conseguir un notario que domine el asunto y pueda realizar los Patrimonios de la forma más eficaz y barata posible.

 

 

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