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Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Convención Internacional de derechos de PCD

Sólo se podrá impedir el derecho al voto de las personas con discapacidad si una sentencia así lo ordena

  • PALABRAS CLAVE: CERMI, Convención ONU, Derecho de sufragio, Derecho al voto
  • Autor: Down España
  • Fecha de publicación: 11/01/2011
  • Clase de documento: Noticias
  • Formato: Texto

Referencia bibliográfica

  • > Editor: Down España
  • > Nº de páginas: 1

RESUMEN:

La Fiscalía General del Estado ordena que la restricción del derecho a voto de las personas con discapacidad requiera "el pronunciamiento expreso en una sentencia"

Noticia

 

Sólo se podrá impedir el derecho al voto de las personas con discapacidad si una sentencia así lo ordena

 

La Fiscalía General del Estado ordena que la restricción del derecho a voto de las personas con discapacidad requiera "el pronunciamiento expreso en una sentencia".

 

Además, en dicha sentencia deberá razonarse "la valoración de las circunstancias en las que se fundamenta la privación del derecho de sufragio".

 

El departamento que dirige Cándido Conde-Pumpido ha tomado esta decisión en cumplimiento de lo establecido en Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, cuya filosofía apuesta porque se proporcionen los apoyos necesarios a la persona con discapacidad para que ésta pueda llevar una vida lo más autónoma posible.

 

La Convención de la ONU vino a ratificar la apuesta que, durante años, lleva haciendo DOWN ESPAÑA por la autonomía del colectivo, y en marzo de 2010 la Federación instó a las familias a que no incapacitaran jurídicamente a las personas con síndrome de Down. 

 

Ahora, con esta instrucción, los fiscales se preparan para conseguir que cada vez más ciudadanos con discapacidad intelectual conserven su capacidad jurídica, aunque sea con apoyos, tal y como establece la Convención de la ONU.

 

 

Respuesta del CERMI

 

Para el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), el texto de la Fiscalía "es un paso adelante", si bien "el verdadero problema radica en la legislación electoral vigente, que permite este ataque a los derechos humanos de esta parte de la ciudadanía"

 

La solución, a juicio del CERMI, pasa por modificar "con urgencia" la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, "que mantiene un trato desigual y discriminatorio por razón de discapacidad, contrario a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad".

 

La legislación electoral vigente en España permite que se prive del derecho del sufragio, activo y pasivo, a las personas incapacitadas judicialmente, siempre que la sentencia que declara la incapacitación lo prevea expresamente.

 

A juicio del comité de la discapacidad, esta privación de derechos fundamentales, que puede afectar fundamentalmente a personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, carece de sentido desde una visión de los derechos humanos "y entra en clara contradicción con la Convención Internacional sobre los Derechos de las personas con Discapacidad de Naciones Unidas, firmada y ratificada por España".

 

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