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RESUMEN:
El artículo describe las múltiples posibilidades que el derecho español ofrece para apoyar al hijo con síndrome de Down en la planificación de su futuro económico. La comprensión de las distintas opciones, el discernimiento de cuáles son más adecuadas y la elección de figuras concretas (que puede ser provisional en la infancia y juventud para luego, cuando alcance la edad adulta y cuente con un plan de vida, tornarse en definitiva) no es sencilla. Lo principal es establecer primero el plan de vida del hijo, aunque sea temporal y aunque luego se precisen modificaciones. Después, sobre el plan elegido, sea provisional o definitivo, es preciso determinar cuáles son los apoyos en el aspecto económico que necesitará para llevarlo a cabo. Es muy importante contar con un buen asesoramiento jurídico y, si es necesario, con algún experto en productos financieros
Fuente original - http://www.downcantabria.com/revistapdf/118/97-105.pdf
Revista Síndrome de Down, Volumen 30 (3). Número 118. Septiembre 2013