Se han encontrado 3 documentos. Mostrando del 1 al 3.
15/09/2013 · Autonomía Personal -> Autonomía
El artículo describe las múltiples posibilidades que el derecho español ofrece para apoyar al hijo con síndrome de Down en la planificación de su futuro económico. La comprensión de las distintas opciones, el discernimiento de cuáles son más adecuadas y la elección de figuras concretas (que puede ser provisional en la infancia y juventud para luego, cuando alcance la edad adulta y cuente con un plan de vida, tornarse en definitiva) no es sencilla. Lo principal es establecer primero el plan de vida del hijo, aunque sea temporal y aunque luego se precisen modificaciones. Después, sobre el plan elegido, sea provisional o definitivo, es preciso determinar cuáles son los apoyos en el aspecto económico que necesitará para llevarlo a cabo. Es muy importante contar con un buen asesoramiento jurídico y, si es necesario, con algún experto en productos financieros
25/03/2009 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Textos legales
Con esta nueva normativa se recogen y reforman leyes un tanto obsoletas: hasta ahora era muy difícil obtener información sobre las personas en las que recae una sentencia de modificación de la capacidad de obrar, con el consiguiente sometimiento a tutela o a curatela, si no se conocía previamente la identidad de las mismas. También se facilita la efectiva puesta en práctica de la figura del patrimonio protegido como mecanismo de protección patrimonial de las personas con discapacidad y la mejora de la comunicación de la constitución del patrimonio protegido al Ministerio Fiscal para los fines de control que se persiguen
18/11/2003 · Textos legales, Convocatorias y Subvenciones -> Textos legales
El objeto de esta ley es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades vitales de sus titulares.Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.