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RESUMEN:
El Tribunal Superior de Justicia de Valencia obliga a la Consejería de Bienestar Social a pagar la prestación económica desde la presentación de la solicitud y no desde la concesión de la ayuda, como venía haciendo
Noticia
Una sentencia obliga a pagar la ayuda a la dependencia con retroactividad
El Tribunal Superior de Justicia de Valencia obliga a la Consejería de Bienestar Social a pagar la prestación económica desde la presentación de la solicitud y no desde la concesión de la ayuda, como venía haciendo.
Según informa El Mecantil Valenciano, los magistrados del citado tribunal han reconocido a una mujer con discapacidad el derecho a cobrar la prestación de la dependencia del cuidador familiar desde el día de presentación de la solicitud, no desde la fecha de la resolución administrativa que le autorizaba al cobro de la ayuda, que llegó quince meses más tarde.
La Consejería de Bienestar Social de Valencia venía denegando hasta ahora las peticiones de aplicación retroactiva del derecho a percibir una prestación reconocida por la Ley de Promoción de la Autonomía y Asistencia en situaciones de Dependencia. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia desautoriza esta política de la Administración autonómica.
El tribunal argumenta su decisión al observar que "la persona dependiente ya era beneficiaria de los servicios contemplados en la ley con anterioridad incluso a la fecha de presentación de la solicitud".
A la mujer, de 38 años, se le reconoció una situación de dependencia en grado 3 y nivel 2 (la máxima), por una discapacidad intelectual del 90% debido a una parálisis cerebral.